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Ecuador’s Naval Manual (1989) provides that wounded and sick members of the armed forces shall be cared for without any distinction with regard to nationality.
Ecuador, Aspectos Importantes del Derecho Internacional Marítimo que Deben Tener Presente los Comandantes de los Buques, Academia de Guerra Naval, 1989, § 11.4.
Ecuador’s Naval Manual (1989) provides: “When prisoners of war are given medical treatment, no distinction among them will be based on any grounds other than medical ones.”
Ecuador, Aspectos Importantes del Derecho Internacional Marítimo que Deben Tener Presente los Comandantes de los Buques, Academia de Guerra Naval, 1989, § 11.8.