Norma 1. El principio de distinción entre personas civiles y combatientes
Norma 1. Las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques sólo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados.Volumen II, capítulo 1, sección A.
La práctica de los Estados establece esta regla como una norma de derecho internacional consuetudinario aplicable tanto en los conflictos armados internacionales como en los no internacionales. Los tres componentes de esta norma están interrelacionados y la práctica correspondiente a cada uno de ellos refuerza la validez de los otros. El término combatiente se usa en esta norma en su acepción general y designa a las personas que no gozan de la protección contra los ataques otorgada a los civiles, lo que no implica, sin embargo, un derecho al estatuto de combatiente o de prisionero de guerra (véase el capítulo 33). Hay que leer esta norma en conexión con la prohibición de atacar a personas cuando se reconozca que están fuera de combate (véase la norma 47) y con la disposición de que las personas civiles están protegidas contra los ataques salvo si participan directamente en las hostilidades y mientras dure tal participación (véase la norma 6). Las represalias de los beligerantes contra personas civiles se examinan en el capítulo 41.
El principio de distinción entre civiles y combatientes se enunció por primera vez en la Declaración de San Petersburgo, que establecía que “el único objetivo legítimo que los Estados deben proponerse durante la guerra es la debilitación de las fuerzas militares del “enemigo”.[1] El Reglamento de La Haya no especifica como tal que se tenga que hacer una distinción entre civiles y combatientes, pero su artículo 25, que prohíbe “atacar o bombardear, cualquiera que sea el medio que se emplee, ciudades, aldeas, habitaciones o edificios que no estén defendidos”, se basa en este principio.[2] El principio de distinción está ahora codificado en los artículos 48, 51, párrafo 2, y 52, párrafo 2, del Protocolo adicional I, a los que no se ha hecho ninguna reserva.[3] Según el Protocolo adicional I, “se entiende por ‘ataques' ” los “actos de violencia contra el adversario, sean ofensivos o defensivos”.[4]En la Conferencia Diplomática que culminó con la aprobación de los Protocolos adicionales, México declaró que los artículos 51 y 52 del Protocolo adicional I eran tan fundamentales que “no pueden ser objeto de ningún tipo de reservas, porque éstas serían incompatibles con el objetivo y el fin del Protocolo I, negándolo en su esencia”.[5] En esta misma Conferencia, el Reino Unido afirmó que el artículo 51, párrafo 2, era una “valiosa reafirmación” de una norma existente del derecho internacional consuetudinario.[6]La prohibición de dirigir ataques contra personas civiles también se estipula en el Protocolo II, en el Protocolo II enmendado y en el Protocolo III de la Convención sobre ciertas armas convencionales, así como en la Convención de Ottawa que prohíbe las minas terrestres antipersonal.[7] Además, según el Estatuto de la Corte Penal Internacional, “dirigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades” constituye un crimen de guerra en los conflictos armados internacionales.[8]Muchos manuales militares, incluidos los de Estados que no son Partes, o no lo eran a la sazón, en el Protocolo adicional I, disponen que hay que hacer la distinción entre civiles y combatientes y que está prohibido dirigir ataques contra las personas civiles.[9] El Manual de DIH de Suecia cataloga el principio de distinción que se establece en el artículo 48 del Protocolo adicional I como una norma de derecho internacional consuetudinario.[10] Por otro lado, hay numerosos ejemplos de legislaciones nacionales que tipifican los ataques a personas civiles como delito, entre las cuales figuran leyes de Estados que no son Partes, o no lo eran cuando estas leyes se promulgaron, en el Protocolo adicional I.[11]En 1969, el Tribunal Militar de Israel en Ramala reconoció, en el asunto Kassem, el principio de que los civiles no pueden ser objeto de ataques directos como una de las normas fundamentales del derecho internacional humanitario.[12] Hay, además, muchas declaraciones oficiales que invocan esta norma, también de Estados que no son Partes, o no lo eran a la sazón, en el Protocolo adicional I.[13] Ha habido asimismo Partes en el Protocolo adicional I que han invocado la norma contra Estados que no eran Partes en él.[14]En sus alegatos ante la Corte Internacional de Justicia en relación con la legalidad de las armas nucleares, muchos Estados invocaron el principio de distinción.[15] En su opinión consultiva, la Corte declaró que el principio de distinción era uno de los “principios cardinales” del derecho internacional humanitario y uno de los “principios inviolables del derecho internacional consuetudinario”.[16]En octubre de 1973, antes de que se aprobara el Protocolo adicional I, el CICR hizo un llamamiento a las partes en conflicto en Oriente Próximo para que respetaran la distinción entre civiles y combatientes, al que los Estados concernidos (Egipto, Irak, Israel y Siria) respondieron favorablemente.[17]El párrafo 2 del artículo 13 del Protocolo adicional II prohíbe que tanto las personas civiles como la población civil como tal sean objeto de ataques.[18] La prohibición de dirigir ataques contra la población civil se expresa asimismo en el Protocolo II enmendado de la Convención sobre ciertas armas convencionales.[19] También se establece en el Protocolo III de esta misma convención, que es aplicable a los conflictos no internacionales a raíz de una enmienda de su artículo 1, aprobada por consenso en 2001.[20] En la Convención de Ottawa que prohíbe las minas terrestres antipersonal se afirma, entre otras cosas, que esta convención se basa “en el principio de que se debe hacer una distinción entre civiles y combatientes”.[21]Según el Estatuto de la Corte Penal Internacional, “dirigir intencionalmente ataques contra la población civil como tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades” constituye un crimen de guerra en los conflictos armados no internacionales.[22] Esta norma se incluye, además, en otros instrumentos referentes, asimismo, a los conflictos armados no internacionales.[23]Los manuales militares que son aplicables, o se han aplicado, en conflictos armados no internacionales puntualizan que hay que distinguir entre civiles y combatientes, a fin de tomar sólo a estos últimos como blanco.[24] La legislación de muchos países tipifica como delito el hecho de atacar a las personas civiles en cualquier tipo de conflicto armado.[25] Hay asimismo varias declaraciones oficiales referentes a conflictos armados no internacionales en las que se invoca el principio de distinción y se condenan los ataques directos contra las personas civiles.[26] Los documentos presentados por los Estados a la Corte Internacional de justicia en relación con la legalidad de las armas nucleares mencionado más arriba estaban redactados en términos generales, aplicables a todos los conflictos armados.No se ha hallado ninguna práctica oficial contraria en relación con conflictos armados internacionales o no internacionales. Esta norma se enuncia a veces en otros términos, en particular como principio de distinción entre combatientes y no combatientes, de modo que los civiles que no participan directamente en las hostilidades están incluidos en la categoría de no combatientes.[27]Los Estados han condenado en general las presuntas infracciones de esta norma, tanto si el conflicto era internacional como no internacional.[28] El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha condenado, asimismo, o instado a poner término a los presuntos ataques contra personas civiles en el marco de muchos conflictos, entre otros los de Afganistán, Angola, Azerbaiyán, Burundi, Georgia, Líbano, Liberia, Rwanda, Sierra Leona, Somalia, Tayikistán, ex Yugoslavia y los territorios ocupados por Israel.[29]Ya en 1938, la Asamblea de la Sociedad de Naciones afirmó que “el bombardeo, intencionado de la población civil es ilegal”.[30] La XX Conferencia Internacional de la Cruz Roja de 1965 declaró solemnemente que los Gobiernos y todas las demás autoridades que tengan la responsabilidad de dirigir los combates en los conflictos armados deberían respetar, por lo menos, la prohibición de lanzar ataques contra la población civil.[31] Ulteriormente, una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el respeto de los derechos humanos en los conflictos armados, aprobada en 1968, estableció que el principio de distinción es aplicable en todos los conflictos armados.[32] El Plan de acción para los años 2000-2003, aprobado por la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en 1999, insta a todas las partes en un conflicto a que respeten “la prohibición absoluta de ataques dirigidos contra la población civil como tal o contra civiles que no participan directamente en las hostilidades”.[33] En una resolución sobre la protección de las personas civiles en los conflictos armados, aprobada en el año 2000, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas reafirmó su enérgica condena a los ataques dirigidos deliberadamente contra los civiles en todas las situaciones de conflicto armado.[34]La jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia relativa a la legalidad de las armas nucleares, del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, en particular en los asuntos Tadic, Martic y Kupreskic, y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el asunto relacionado con los acontecimientos de la Tablada en Argentina, proporciona más pruebas de que la obligación de hacer la distinción entre civiles y combatientes es consuetudinaria, tanto en los conflictos armados internacionales como no internacionales.
[35]El CICR ha exhortado a las partes en los conflictos armados, tanto internacionales como no internacionales, a respetar la distinción entre combatientes y civiles.[36]